El crematorio que tenía más de 300 cadáveres en condiciones indignas e insalubres estaría incumpliendo con leyes, reglamentos, normas oficiales y protocolos en el manejo de los mismos, consideró el abogado Ernesto Avilés, después de una puntual revisión a dicho cuerpo normativo.
En lo sanitario, es falta grave no mantener las condiciones de higiene y conservación exigidas para el depósito de cadáveres, generando un riesgo sanitario; la dignidad de los cadáveres es pasada por alto al incumplir con el principio fundamental de tratar los restos humanos con respeto y dignidad.
Los plazos para disposición final de los cuerpos no fueron respetados; podría haber omisión en trámites legales en relación con certificados de defunción y autorizaciones necesarias para la disposición final.
Asimismo, podría configurarse fraude o incumplimiento de contrato si la funeraria cobró por servicios que no prestó o lo hizo de forma negligente e incluso, podría llegarse a la configuración de posibles delitos, como ocultamiento de cadáveres o contra la salud pública.
Dijo el abogado que “ojalá y esta evidencia que se ha hecho pública pueda servir para iniciar una investigación a fondo donde se involucren otras dependencias como la CEDH, Fiscalía, Profeco y Coespris.
Puso como ejemplo del incumplimiento el caso de la Ley General de Salud, que en su artículo 346 establece que “los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignidad y consideración”.
“La acumulación y descomposición sin atención digna de los cuerpos viola flagrantemente este principio”, sostuvo.
Asimismo, trajo a colación el artículo 349 de dicha ley, que dispone que “el depósito y manejo de cadáveres deberán efectuarse en establecimientos que reúnan las condiciones sanitarias que fije la Secretaría de Salud. La propia Secretaría determinará las técnicas y procedimientos que deberán aplicarse para la conservación de cadáveres”.
“La apilación de cuerpos en descomposición claramente incumple las condiciones sanitarias y de conservación”, recalcó.
Apuntó que los plazos para la inhumación, incineración o embalsamamiento de cadáveres son efectuados generalmente dentro de las 48 horas siguientes a la muerte, salvo excepciones con autorización, por lo que no cumplir estos plazos es una violación directa.
Por otro lado, el reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, especifica los procedimientos y condiciones sanitarias para el manejo, conservación, inhumación y cremación de cadáveres.
“La funeraria estaría violando múltiples artículos relacionados con la higiene, el control de riesgos, la conservación adecuada y los plazos para la disposición final”, anotó.
En cuanto a la conservación de los cadáveres, dicho reglamento señala en su artículo 72 que los establecimientos sólo podrán efectuar los procedimientos que les hayan sido expresamente autorizados y de acuerdo a su capacidad instalada, lo cual no se cumplió.
La Ley Estatal de Salud reitera lo contenido en la ley general, en cuanto al trato digno y respetuoso a los cadáveres, el servicio funerario y la cremación.
La norma oficial mexicana comprometida es la NOM-036-SCFI-2016, relativa a las prácticas comerciales, requisitos de información y disposiciones generales en la prestación de servicios funerarios, entre ellas la de informar al consumidor y cumplir con los servicios contratados (cremación, inhumación), por lo que “si la empresa cobró por servicios que no realizó, está violando esta NOM y los derechos del consumidor”.
En cuanto a lo penal, expresó el especialista en Derecho, los códigos penales federal y estatal consideran delitos ocultar, destruir o sepultar un cadáver o un feto humano sin la orden de la autoridad o sin los requisitos legales. “La apilación de cuerpos sin la debida disposición final podría encajar en esta categoría”, apuntó.
En cuanto a la profanación de cadáveres o restos humanos, si bien suele implicar actos de vilipendio, mutilación o necrofilia (artículo 281 del Código Penal Federal), “la falta de respeto y la condición en que se encontraron los cuerpos, que atentan contra su dignidad, podría ser un elemento a considerar en la investigación”, recalcó.
Refirió que la autoridad investigadora deberá también considerar delitos contra la salud pública y en su momento, los afectados, la Ley Federal de Protección al Consumidor si los familiares pagaron por servicios funerarios (como la cremación o inhumación) que no fueron realizados o fueron realizados de forma deficiente y sin la dignidad esperada, la empresa está incurriendo en un incumplimiento de contrato y violando los derechos del consumidor.
Por tanto, resumió, si bien las autoridades han adelantado que no hay delito qué perseguir en el hallazgo de más de 300 cuerpos localizados en un crematorio en Ciudad Juárez, debe realizarse una exhaustiva revisión porque podrían configurarse delitos e incumplimiento de protocolos.
Sostuvo que la investigación debe ser a fondo y llegar hasta las empresas funerarias que ofrecen este tipo de servicios, no solamente en la frontera, sino también a nivel estatal.
“No hay que perder de vista que cuando una persona muere, no pierde intrínsecamente su dignidad y como tal, debe ser tratado su cuerpo de forma adecuada”, señaló.
Recordó que “fueron padres, hermanos, hijos, esposos, sobrinos, que además de cariño y amor, eran receptores de todo tipo de consideraciones y que al final de su existencia terrenal, sus restos son entregados a las funerarias para que en el mismo plano de respeto, sus cuerpos sean cremados y sus cenizas devueltas a sus familiares”.
El abogado litigante recalcó que con estas evidencias, se acredita el no cumplimiento del contrato de prestación de servicios funerarios que fue pagado, “a pesar de que se diga que se encuentran perfectamente embalsamados, no responden a una temporalidad legal establecida para realizar con estos cuerpos lo que la misma ley establece: es decir, quemarlos o enterrarlos”.
Además hay otra cuestión a considerar, con las altas temperaturas que se registran en la frontera, los excesos de lluvia que pueden causar derrumbes en las instalaciones y dejar al descubierto los cuerpos, la no vigilancia y supervisión, hacen que en su conjunto no se cumpla con la normatividad que los regula, indicó.
Asimismo, expresó que para nadie es desconocido que personal de las funerarias de manera permanente se encuentran en los hospitales esperando el fallecimiento de alguna persona para de inmediato ofrecer sus servicios, “se sabe también que personal de los mismos nosocomios reciben una comisión que va de los 500 a los 2 mil pesos por contrato firmado, esto se sabe por las autoridades, pero no hacen nada por evitarlo.


