La investigación complementaria contra José Luis A. C. por ocultamiento y conservación ilegal de cadáveres por el caso del crematorio Plenitud fue concluida y declarada oficialmente cerrada por un juez de Control del Distrito Judicial Bravos.
La determinación judicial ocurrió tras un debate por el intento de obtener dos meses más para actos de investigación faltantes por parte de la Fiscalía de Distrito Zona Norte, por la que el juez Juan Antonio Riestra Ramos no pudo más que negar la petición, pues jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el propio Código Nacional de Procedimientos Penales no permiten más que un plazo de seis meses para actos de investigación en Materia Penal.
La audiencia empezó tarde, dos horas después de la 1:00 de la tarde en que estaba pactada, por la saturación de la agenda judicial y el período vacacional de algunos de los juzgadores.
Al iniciar, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas explicó que solicitaron la audiencia de prórroga del cierre del plazo de investigación complementaria, pero que desde la asesoría de víctimas se solicitaba la reapertura de la investigación, pues faltaban dos actos de investigación que fueron solicitados a tiempo, pero no se obtuvieron resultados antes del 4 de enero (fecha en que fenecía el plazo).
Un acto fue la solicitud de información bancaria, permitida por el juez Héctor Josué de Luna León, ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con el que se permitiría cuantificar el daño a las víctimas para una reparación del daño integral, a decir de la asesora de víctimas.
La solicitud fue aprobada por el juez el 8 de diciembre e informada a la Fiscalía el día 11, pero la Comisión Bancaria tenía cerradas sus operaciones por período vacacional desde el 5 de diciembre y hasta el 7 de enero de 2026, por lo que fue imposible requerir los datos dentro del plazo de investigación.
El segundo acto fue la extracción de datos de dos teléfonos celulares que el 24 de noviembre fue solicitada a la Dirección de Servicios Periciales, luego de que se tuvo acceso a los móviles que entregaron dos testigos de nombres Luis Humberto Reyes Parra y Édgar Abraham Pérez García. Aunque la solicitud de extracción se realizó desde noviembre, es hasta el 2 de enero de 2026 que la Fiscalía tiene como recibida la requisición, y el oficio entregado a la defensa particular del acusado tiene folio del año 2026.
La defensa particular de A. C., encabezada por Manuel Pineda, alegó detalles como las fechas inconsistentes en los oficios, pero principalmente que las leyes mexicanas y la propia Suprema Corte de Justicia no permiten más de seis meses como plazo, a lo que el juez tuvo que acceder.
Durante su justificación, Riestra Ramos argumentó que dicho plazo no vulnera los derechos de las víctimas, pues se deben respetar los principios de igualdad procesal, además de que la negativa no cancelaba la posibilidad de llevar el debate sobre los actos a otras etapas del proceso penal.
Además de la negativa a la prórroga, se decretó el cierre de la investigación a partir del 4 de enero de 2026 y se apercibió al Ministerio Público para realizar la acusación pertinente o en su caso solicitar el sobreseimiento o suspensión del caso, como lo dicta el Código procedimental.

