El Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, con sede en Ciudad Juárez, resolvió hace unos minutos la revocación del amparo 746/2025, con lo que se revierte el auto de no vinculación a proceso para el dueño del crematorio Plenitud, y con ello habría la responsabilidad de retomar la medida cautelar de prisión preventiva, a decir de abogados particulares que asesoraron a las víctimas en el recurso.
El amparo de revisión 94/2026 fue analizado por el magistrado Víctor Alfonso Sandoval Franco y presentado al pleno del Tribunal Colegiado esta mañana, ante la magistrada presidenta de dicho órgano, María Guadalupe Contreras Jurado y el magistrado Martín Fernando García.

