VINCULAN A PROCESO A EXSECRETARIO DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE GOBIERNO

La noche de este martes, una juez de control resolvió vincular a proceso al excoordinador de comunicación social del gobierno del estado, Antonio P., luego de 22 horas de audiencia. 

A continuación, el boletín informativo de la Fiscalía Anticorrupción:  

“Vinculan a proceso a exsecretario de Comunicación Social de Gobierno 

La juez de Control del Poder Judicial encontró suficientes elementos probatorios y dictaminó VINCULAR A PROCESO por el DELITO DE USO ILEGAL DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES CON PENALIDAD AGRAVADA, al hoy imputado-J.A.P.C.-, además, de confirmar la medida cautelar de PRISIÓN PREVENTIVA JUSTIFICADA durante los 6 meses que dure la investigación complementaria.  

La resolución del órgano jurisdiccional, reafirma la convicción que tiene la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Chihuahua de integrar todas las carpetas de investigación con profesionalismo, estricto apego a la ley, y garantizando en todo momento el debido proceso, la presunción de inocencia y los derechos humanos.  

“Como Fiscal y responsable de esta representación social, reitero mi compromiso de actuar siempre en apego al marco legal y al Estado de Derecho en todas las etapas del proceso penal, siempre con una visión justa, legal y humanista. Atrás quedó la tortura física, psicológica y los juicios sumarios que eran el orden del dia en años recientes.  

Tengo la plena convicción que debe castigarse toda la conducta desviada de un servidor púbico que se vea envuelto en la posible comisión de un delito por hecho  de corrupción, sin distingo alguno, tratese de quien se trate.  

Nuestro deber como institución, es darle resultados a las y los chihuahenses en el combate frontal contra el flagelo de la corrupción, y la ciudadanía debe contar para ello, con la Fiscalía Anticorupcion”, manifestó AbelardoValenzuela. 

*De acuerdo con las leyes y normas vigentes, la persona imputada se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia firme, emitida por el órgano jurisdiccional (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).” 

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